
7 de junio de 2024
Paraná, Entre Ríos, Argentina
Disposición Interna N° 244/2024
Asunto:
Regulación del flujo de acompañantes y visitas
VISTO:
Que nuestro Hospital Materno Infantil San Roque es una entidad pública, pero no un espacio de uso público, y atendiendo a la necesidad de regular el flujo de personas que ingresan en la institución, se hace imperioso establecer cuáles son los requisitos para el ingreso de personas o instituciones que tengan la intención de realizar actividades específicas dentro del espacio hospitalario.-
CONSIDERANDO:
Que la intención de establecer una regulación se fundamenta en la necesidad de promover un ambiente más seguro para la atención de nuestros pacientes, y un entorno laboral adecuado para llevar adelante las actividades específicamente médicas, de enfermería, de limpieza, desinfección y demás.
Que existe la necesidad de regular el flujo de personas en nuestro hospital por fuera del horario de visitas y que la desregulación de la circulación de personas ha ocasionado históricamente una serie de problemas, de seguridad, de control de infecciones y de convivencia, eventos que estorban el funcionamiento de los servicios, en perjuicio de una mejor atención a los pacientes.
El Equipo Directivo del Hospital Materno Infantil San Roque,
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: A partir de las 20:00 y hasta las 5:30 AM del día siguiente:
- El único ingreso al hospital será el principal, por calle La Paz. Los demás permanecerán cerrados.
- Se cerrarán las puertas de los pasillos del hall de entrada y el acceso al área de internación.
- Un celador, siempre estará allí para habilitar el ingreso según corresponda (por ejemplo para consultas en la guardia de Obstetricia, la realización de algún estudio, cambio de acompañantes, etc.).
ARTICULO 2°: El horario de visitas establecido es
- De 15:00 a 16:00 para las Salas Pediátricas
- De 16:00 a 17:00 para el Servicio de Obstetricia.
- En ambos casos, se admiten hasta dos (2) personas por paciente.
ARTICULO 3°: Para las internaciones sólo se admite un (1) acompañante por paciente. Las salas de Onco-hematología, Cuidados Paliativos, Cuidados Intensivos y Cuidados Neonatológicos tienen regímenes especiales.
ARTICULO 4°: Se implementa un talonario con tarjetas de identificación para entregar a quienes acompañen a los pacientes. De esta manera, cada acompañante (madre, padre o adulto acompañante) puede dar cuenta de su motivo de estancia en el hospital por fuera del horario de visitas.
- Los talonarios estarán disponibles en todas las salas,
- El equipo de enfermería de la sala será quién entregue y complete la información de las tarjetas, a saber: nombre y apellido, sala, paciente y cama.
- Los celadores del hospital podrán requerir a las personas que se encuentren en la institución (por fuera del horario de visitas) que acrediten su motivo de estadía de esta manera.
ARTÍCULO 5°: Toda persona, grupo de personas, institución, asociación u organización que desee realizar alguna actividad en el nosocomio deberá previamente presentar por correo electrónico a direccion.despacho@hospitalsanroque.gob.ar, nota de pedido de autorización donde especifique el nombre de la persona o grupo de personas, de la institución, organización o la asociación que pretende llevar adelante la actividad.
- En el caso de las instituciones, se deberá adjuntar una lista de las personas que participarán de la actividad, con sus datos (nombre completo y DNI), especificando además un número de teléfono de contacto.
- Se deberá detallar la actividad que se pretende realizar, especificando día y horario, tiempo estimado de duración, área en que se pretende llevar a cabo y en el caso de ingresar con elementos para su realización, explicitarlos para poder considerar su adecuación a las normas de higiene y seguridad.
ARTÍCULO 6°: Regístrese. Notifíquese vía correo electrónico. En estado, archívese.-
Equipo Directivo del HMISR
Director Dr. Alejandro Calogero
Secretario Técnico Dr. Pablo Dusse
Secretaria Técnica Dra. Vanina Mildemberger